Reforma del Código Procesal Laboral en Entre Ríos: qué cambia y a quién favorece

El proyecto del gobernador Rogelio Frigerio elimina el depósito previo para apelar, limita los honorarios de los peritos y crea un cuerpo de solo tres médicos oficiales. Se presenta como una búsqueda de «equilibrio», pero buena parte de sus efectos recae sobre los trabajadores que litigan.

La reforma del Código Procesal Laboral de Entre Ríos que el Poder Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados modifica la Ley 5.315 y promete «mayor equilibrio y objetividad en la justicia». Fue anunciada ante empresarios, en la 22° Jornada de la Industria de la Unión Industrial de Entre Ríos (UIER). Al analizar sus artículos, surge una pregunta: ¿equilibrio entre quiénes y a costa de quién?

Qué cambia: los cinco ejes de la reforma laboral entrerriana

  1. Se deroga el inciso a) del artículo 125 (depósito previo para apelar).
  2. Se modifica el régimen de honorarios de peritos y auxiliares (artículo 39).
  3. Se crea un Cuerpo Especializado de Profesionales Médicos dentro del Poder Judicial.
  4. Se vuelve obligatorio el baremo nacional de incapacidades.
  5. Se exime al Estado provincial de la Tasa por Actuaciones Judiciales.

Apelar sin depósito previo: ventaja para el empleador

Hasta ahora, el empleador condenado debía depositar el monto de la condena, con intereses y costas, o trabar un embargo equivalente, para apelar. El Gobierno sostiene que eliminar ese requisito garantiza el derecho de defensa y que el cumplimiento de la sentencia quedará resguardado por medidas cautelares ordinarias.

El argumento tiene sustento jurídico, pero en la práctica ese depósito funcionaba como garantía de un crédito de carácter alimentario. Sin él, el trabajador espera la resolución de la segunda instancia sin nada asegurado. Las cautelares no son automáticas: hay que solicitarlas, acreditar los requisitos y, muchas veces, costearlas. La carga procesal pasa de quien perdió el juicio a quien lo ganó.

Honorarios de peritos: menos costo para quien pierde, más riesgo de costas para el trabajador

El proyecto desvincula los honorarios de peritos y auxiliares del monto del juicio y del porcentaje de incapacidad. El juez los fijará según la complejidad y utilidad del trabajo, con un tope de ocho JUS, y los pagará la parte condenada en costas.

Se busca evitar que el interés económico empuje al perito a inflar incapacidades. Pero un tope rígido puede desalentar a los profesionales más idóneos y afectar la calidad de las pericias, que son la prueba central en los juicios por accidentes. Además, el riesgo de cargar con las costas pesa más sobre el trabajador, con menos espalda económica, que sobre una empresa.

Tres médicos para toda la provincia: el punto más cuestionable

La reforma crea un cuerpo con tres cargos de perito médico, con sede en Paraná y competencia en toda la provincia, que intervendrán en forma exclusiva en los juicios por riesgos del trabajo (Leyes 24.557, 26.773 y 27.348). Serán elegidos por concurso y cobrarán sueldo fijo, sin honorarios por dictamen.

La independencia es un objetivo valioso, pero tres peritos para todos los juicios por accidentes y enfermedades laborales de Entre Ríos plantean un problema de capacidad: demoras, acumulación de causas y trabajadores del interior obligados a viajar a Paraná. En un fuero ya lento, cada mes de espera perjudica al trabajador y no a la empresa.

Baremo obligatorio: menos margen para valorar cada caso

Los peritos deberán aplicar de forma obligatoria la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborales (baremo de la Ley 24.557). Este instrumento fue cuestionado por no reflejar siempre la situación real de cada persona: su edad, su tarea o sus posibilidades de reinserción. Al volverlo obligatorio, se reduce el margen del perito y del juez, y con él la posibilidad de que la indemnización refleje el daño efectivo.

El Estado, exento de la tasa judicial

El Estado provincial, sus entes autárquicos y sus empresas quedan exentos de la Tasa por Actuaciones Judiciales. Es un beneficio para el propio Estado como demandado, en un fuero donde también es empleador.

Balance: ¿equilibrio o asimetría?

Aisladas, algunas medidas tienen defensa razonable: peritos independientes, criterios técnicos uniformes y acceso a la apelación. Sumadas, el saldo es asimétrico. Las empresas obtienen apelaciones sin garantía previa, costos periciales acotados y mayor previsibilidad. Los trabajadores enfrentan procesos potencialmente más lentos, más riesgo de costas, un baremo rígido y menos aseguramiento de cobro.

El debate legislativo dirá si la reforma laboral en Entre Ríos corrige un desequilibrio o crea uno nuevo. Para que sea serio, habrá que escuchar a sindicatos, abogados laboralistas y al Poder Judicial.

  • Director Periodístico

    Director Periodístico. Fernando Miguez, periodista con más de 40 años en los medios de Entre Ríos y Argentina

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