El Superior Tribunal de Justicia reordenó la competencia territorial de los juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y reforzó temporalmente la estructura de Paraná. El cambio redistribuye expedientes entre Concordia y Gualeguaychú y suma una segunda magistratura en la capital provincial. La medida impacta en una etapa clave del proceso penal: la que controla cómo se cumplen las condenas.
La ejecución de una condena no termina cuando una sentencia queda firme. A partir de ese momento comienza otra etapa judicial, en la que se controla el modo en que esa pena se cumple, se computan los tiempos de detención, se resuelven planteos de las personas condenadas y se analizan, entre otras cuestiones, las salidas transitorias, la libertad asistida, la libertad condicional, la prisión domiciliaria y determinadas sanciones disciplinarias.
Es sobre esa estructura que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos decidió intervenir mediante el Acuerdo General Nº 25/26, adoptado el 22 de septiembre, con una reorganización que modifica competencias territoriales y amplía temporalmente la capacidad jurisdiccional en Paraná, una decisión que modifica el mapa de competencias de los tres juzgados que atienden la ejecución penal en toda la provincia, donde en la actualidad se mantienen tres sedes en Paraná, Gualeguaychú y Concordia, en función de la estructura establecida por la Ley 10.866. La modificación no crea un cuarto juzgado permanente, sino que utiliza temporalmente un cargo judicial que queda vacante en Paraná para ampliar la capacidad de intervención en esta materia.
Además el acuerdo establece que la sede Concordia dejará de intervenir en los legajos correspondientes al Departamento Uruguay, que pasarán a la órbita de Gualeguaychú, mientras que Paraná suma temporalmente una segunda magistratura para atender la ejecución de las penas. Para eso se reasigna temporalmente para ejercer competencia en Ejecución de Penas, el cargo de juez o jueza de Garantías que quedó vacante el 30 de septiembre. De esta manera, Paraná pasa a contar con dos magistraturas con competencia en ejecución penal: la titular del juzgado existente, Cecilia Bértora, y el juez Jorge Sueldo, quien asumirá de manera temporal el cargo judicial para ampliar la capacidad de intervención en esa materia.
La distribución de expedientes: el caso Urribarri
La Sala Nº 1 en lo Penal estableció un criterio objetivo para repartir las causas entre ambos magistrados. Los expedientes terminados en 5, 6, 7, 8 y 9 quedan a cargo de Cecilia Bértora, mientras que los terminados en 0, 1, 2, 3 y 4 corresponden a Jorge Sueldo. La regla también define el destino de algunos de los expedientes de mayor trascendencia institucional de la provincia: los legajos correspondientes a Sergio Urribarri, Pedro Báez y Juan Pablo Aguilera continúan bajo la intervención de Bértora, quien controlará judicialmente el cumplimiento concreto de la condena, de acuerdo a sus competencias de intervención una vez que la sentencia queda firme y de control del desarrollo de la pena, así como el seguimiento del cómputo de la condena y la resolución de las incidencias que pueden surgir durante ese período.
También los jueces de ejecución intervienen en decisiones vinculadas con la progresividad del régimen penitenciario y con institutos como las salidas transitorias, la libertad asistida, la libertad condicional o la prisión domiciliaria, cuando corresponda de acuerdo con la legislación vigente.
Cabe señalar que en función de la Ley 10.866, en Entre Ríos en la actualidad existen tres juzgados para atender todo el territorio provincial, Concordia, Paraná, y Gualeguaychú, ya que de acuerdo a las estadísticas del Poder Judicial, en 2021 hubo un registro de 1.137 legajos en trámite en el Juzgado de Ejecución de Paraná y 1.170 en Gualeguaychú. Esos legajos incluían situaciones de personas detenidas, pero también casos de libertad condicional, libertad asistida, prisión domiciliaria, personas fugadas y medidas de seguridad.
La situación del sistema penitenciario provincial
Según el informe 2024 del Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena, Entre Ríos tiene una sobrepoblación general del 4,7 por ciento, con 2.826 personas alojadas en establecimientos penitenciarios provinciales frente a una capacidad declarada de 2.700 plazas. Ese informe relevó además que la situación no es homogénea, y así por ejemplo mientras, la Unidad Penal Nº 5 de Victoria registraba una sobrepoblación del 41,3 por ciento, la Unidad Penal Nº 1 de Paraná tenía 976 personas alojadas sobre una capacidad de 930.
La reorganización acordada también modifica el recorrido que deberán seguir las personas condenadas y los operadores judiciales. El cambio de competencia afecta a defensores, fiscales, organismos penitenciarios y personas condenadas cuyos expedientes quedan alcanzados por la nueva distribución. La sede judicial que interviene es la que debe resolver las incidencias vinculadas con la ejecución y mantener el control jurisdiccional correspondiente.
La Ley de Ejecución Penal entrerriana contempla además que las personas privadas de libertad sean alojadas, en la medida de lo posible, en establecimientos cercanos a sus familias. Por eso, la organización territorial del fuero tiene una dimensión práctica que excede el funcionamiento interno de los tribunales.
El nuevo esquema reorganiza competencias, refuerza Paraná y deja planteado el debate sobre la capacidad futura del fuero.
La decisión del STJ produce tres movimientos concretos: Paraná suma temporalmente una segunda magistratura de Ejecución; Concordia transfiere a Gualeguaychú los legajos correspondientes al Departamento Uruguay; y se establece una regla para distribuir las causas entre los dos jueces de la capital.
La reorganización responde a una necesidad concreta de funcionamiento, pero deja abierta una cuestión de fondo: si la estructura actual resulta suficiente para el volumen y la complejidad que tiene la ejecución penal en Entre Ríos.
La respuesta requiere estadísticas actualizadas y comparables sobre cantidad de legajos, carga por magistrado, tiempos de tramitación, audiencias y evolución de la población penitenciaria.
Por ahora, el dato concreto es que el STJ optó por reforzar temporalmente Paraná sin crear un juzgado permanente, redistribuir parte de la competencia entre Concordia y Gualeguaychú y establecer reglas predeterminadas para la asignación de expedientes. La reorganización modifica así el mapa de la ejecución penal provincial y la forma en que se controlará judicialmente el cumplimiento de las condenas.












Deja una respuesta